Declarado nulo el despido a un empleado de Alitalia por ser homosexual
Tuesday, February 28th, 2006
El Tribunal Constitucional ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia para asà conceder el amparo a un trabajador que fue despedido por ser homosexual. El trabajador ha aportado indicios al Constitucional, los cuales prueban el acoso psicológico que sufrió entre octubre de 2001 y julio de 2002, pasando a ser declarado su despido como nulo.
La sentencia del Constitucional anula una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y reconoce que fue vulnerado el derecho del trabajador a no ser discriminado por ser homosexual. A su vez, la sentencia del TSJC anulaba otra anterior del Juzgado Social número 24 de Barcelona, que dictó una resolución en la lÃnea del Tribunal Constitucional.
Alitalia, el 30 de julio de 2002 procedió a notificar el despido al empleado que estaba contratado con carácter indefinido en la categorÃa de analista de marketing. Según la carta de despido, los motivos fueron por la indisciplina en el desempeño de su puesto de trabajo, la crÃtica constante a los directivos de la CompañÃa o a la desidia con que realizaba su trabajo, razones que le llevaron a cometer errores en la cuantÃa de las cifras.
La sentencia se fundamenta jurÃdicamente en el artÃculo 14 de la Constitución Española que reconoce el principio de igualdad y no discriminación, y añade que la homosexualidad comparte con el resto de los supuestos incluidos en ese artÃculo el hecho de ser una diferencia históricamente muy arraigada y que ha situado a los homosexuales en posiciones desventajosas y contrarias a la dignidad de las personas, “por los profundos prejuicios arraigados normativa y socialmente contra esta minorÃa”.
El Tribunal Constitucional ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia para asà conceder el amparo a un trabajador que fue despedido por ser homosexual. El trabajador ha aportado indicios al Constitucional, los cuales prueban el acoso psicológico que sufrió entre octubre de 2001 y julio de 2002, pasando a ser declarado su despido como nulo.
La sentencia del Constitucional anula una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y reconoce que fue vulnerado el derecho del trabajador a no ser discriminado por ser homosexual. A su vez, la sentencia del TSJC anulaba otra anterior del Juzgado Social número 24 de Barcelona, que dictó una resolución en la lÃnea del Tribunal Constitucional.
Alitalia, el 30 de julio de 2002 procedió a notificar el despido al empleado que estaba contratado con carácter indefinido en la categorÃa de analista de marketing. Según la carta de despido, los motivos fueron por la indisciplina en el desempeño de su puesto de trabajo, la crÃtica constante a los directivos de la CompañÃa o a la desidia con que realizaba su trabajo, razones que le llevaron a cometer errores en la cuantÃa de las cifras.
La sentencia se fundamenta jurÃdicamente en el artÃculo 14 de la Constitución Española que reconoce el principio de igualdad y no discriminación, y añade que la homosexualidad comparte con el resto de los supuestos incluidos en ese artÃculo el hecho de ser una diferencia históricamente muy arraigada y que ha situado a los homosexuales en posiciones desventajosas y contrarias a la dignidad de las personas, “por los profundos prejuicios arraigados normativa y socialmente contra esta minorÃa”.