Después de solicitar el derecho a percibir la pensión de viudedad tras el fallecimiento sentimental con que el que estaba inscrito en el registro de Parejas Estables del Ayuntamiento de Berrioplano, el Juzgado de lo Social número 3 de Navarra ha desestimado su petición.
En abril de 2003, falleció uno de los cónyuges de la pareja que formaron pareja durante más de 18 años el cual cobraba del Instituto Nacional de la Seguridad Social una prestación por incapacidad permanente absoluta.
Tres años después de la muerte se solicitó el reconocimiento de pensión de viudedad el cual se denegó “por no ser o haber sido el actor cónyuge del causante fallecido�.
El tribunal navarro ahora desestima la petición ya que en el momento de la muerte no habÃa vÃnculo matrimonial y la ley de 2005 se contempla sin carácter retroactivo.