miércoles, mayo 21, 2025
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El Tribunal Constitucional de Andorra avala que se prohiba a las personas homosexuales donar sangre

andorraEl Tribunal Constitucional de Andorra ha sentenciado, sin pudor alguno, que prohibir donar sangre a las personas homosexuales «no supone un acto discriminatorio». Argumenta para ello que la prohibición se hace «para proteger a las personas que han de recibir la sangre de las circunstancias que se derivan de conductas que implican potencialmente un alto riesgo sanitario».

La sentencia es fruto de un recurso de amparo interpuesto por el colectivo LGTB andorrano «Som com som» y Marc Pons, un vecino del país al que se le denegó en su momento donar sangre por ser homosexual, tras ver desestimados sus recursos en instancias judiciales inferiores. Y es que la empresa francesa Établissement Français du Sang Pyrénées-Mediterranée (EFS), encargada de las donaciones de sangre en Andorra, hace una entrevista a los posibles donantes de sangre y excluye a aquellos que abiertamente se declaran homosexuales.

El Gobierno de Andorra ha mantenido siempre, desde la interposición de la primera querella, que las donaciones de sangre no se circunscriben al ámbito de los servicios públicos, tal como sostiene la parte demandante. El Ejecutivo considera que las donaciones de sangre son actos de generosidad y por lo tanto, que la eventual vulneración de derechos fundamentales se produciría en todo caso «al negar una transfusión de sangre a aquellos que la necesitasen».

La asociación «Som com som» tiene previsto denunciar esta situación ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

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